En Argentina, al igual que en muchos otros países, tenemos que hacernos cargo de la maldita burocracia y eso puede ser un verdadero desafío. Cuando no se trabaja dentro de una relación de dependencia, es decir, cuando no se es empleado de una empresa o institución, existen una serie de consideraciones y obligaciones que es fundamental conocer. La relación de dependencia implica que el trabajador está sujeto a un contrato de trabajo y recibe un sueldo todos los meses, además de contar con ciertos beneficios y derechos laborales. De todas formas, para aquellos que deciden emprender su propio camino profesional, las opciones pueden parecer confusas y abrumadoras.

Hoy vamos a investigar acerca de las opciones que existen para quienes trabajan de manera independiente en Argentina. ¿Autónomo o monotributo? ¡Esa es la cuestión! En esta guía, les vamos a intentar acercar toda la información necesaria para que puedas tomar una decisión informada y sacarte todas las dudas. ¡Vamos por ello!

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Allá vamos

Diferencia entre monotributo y autónomo

En nuestro país, los trabajadores independientes tienen dos opciones principales para regularizar su situación fiscal: el régimen de autónomo y el monotributo. Aunque ambos regímenes permiten trabajar de manera independiente, existen grandes diferencias entre ellos.

En primer lugar, partamos de la base de la definición de cada una de las opciones:

  • Autónomo: Este régimen está diseñado para profesionales independientes que prestan servicios de manera continua y que no esta trabajan dentro de ninguna identidad. Los autónomos deben inscribirse en el régimen general de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y cumplir con una serie de obligaciones fiscales y tributarias.
  • Monotributo: Este régimen simplificado está destinado a pequeños contribuyentes, como trabajadores independientes, comerciantes y prestadores de servicios, que tienen ingresos por año inferiores a ciertos límites establecidos. El monotributo permite cumplir con varias obligaciones fiscales y de seguridad social a través de un pago único por mes.

Si seguimos la definición del anses1 podemos ver que explican que:

Monotributista y autónomo (responsable inscripto) son regímenes diferentes para trabajadores independientes. El primero es un régimen simplificado y el segundo es parte del régimen general. Para adherirse a cualquiera de los dos regímenes, tenés que hacer la inscripción en la AFIP.

Anses

Ahora que ya pueden ir notando algunas de las diferencias a simple vista, queremos dejar un cuadro que especifique correctamente los aspectos de cada:

AspectoAutónomoMonotributo
InscripciónEs necesario inscribirse en el régimen general de la AFIP.Es necesario inscribirse en el régimen de la AFIP.
IngresosNo hay límites específicos de ingresos, pero se deben declarar todos los ingresos obtenidos.Los ingresos por año no pueden superar los límites establecidos por la AFIP, que varían según la categoría.
ActividadesPuede incluir cualquier tipo de actividad profesional o comercial.Puede incluir una amplia gama de actividades, pero con ciertas restricciones y límites.
Beneficios- Mayor flexibilidad en la declaración de ingresos y gastos.
- Posibilidad de deducir gastos y amortizaciones.
- Acceso a créditos y financiamiento.
- Simplicidad en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Pago único por mes que incluye varios impuestos y contribuciones de seguridad social.
- Menor carga impositiva en comparación con el régimen de autónomo.
Desventajas- Mayor complejidad en la presentación de declaraciones fiscales.
- Obligación de llevar una contabilidad detallada.
- Pagos de impuestos más elevados en comparación con el monotributo.
- Límites de ingresos que pueden ser restrictivos.
- Menor flexibilidad en la declaración de gastos y deducciones.
- Posibles problemas para acceder a créditos y financiamiento.
ImpuestosDeben pagar el Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las contribuciones de seguridad social.Pagan un monto fijo mensual que incluye el Impuesto Integrado, el IVA y las contribuciones de seguridad social.
DeclaracionesDeben presentar declaraciones juradas anuales y mensuales, y llevar una contabilidad detallada.No es necesario presentar declaraciones juradas detalladas; solo se debe realizar el pago por mes correspondiente.
Seguridad SocialTienen acceso a los beneficios de seguridad social, como la jubilación y la obra social, pero deben realizar aportes más elevados.Tienen acceso a los beneficios de seguridad social, pero con aportes más bajos.
JubilaciónLos aportes para la jubilación se calculan sobre los ingresos declarados.Los aportes para la jubilación son menores y se calculan sobre el monto fijo mensual.
Obra SocialPueden elegir entre varias opciones de obra social.Tienen acceso a la obra social, pero con opciones más limitadas.

De esta forma podemos dar cuenta que la elección entre el régimen de autónomo y el monotributo dependerá de tus ingresos, la complejidad de tus actividades y tus necesidades específicas. Entonces, va a ser de suma importancia que puedan evaluar las ventajas y desventajas de cada opción para tomar la decisión que más se acerque a su situación.

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Obligaciones fiscales y tributarias

Todos los trabajadores independientes tienen que cumplir con una serie de obligaciones fiscales y tributarias. A continuación vamos a presentar las que correspondan a cada modalidad:

Autónomo

Impuestos:

  • Impuesto a las ganancias: Los autónomos deben pagar este impuesto sobre los ingresos obtenidos durante el año fiscal. La tasa impositiva varía según el nivel de ingresos y se aplica a las ganancias netas después de deducir los gastos permitidos.
  • Impuesto al valor agregado (IVA): Los autónomos que realizan actividades gravadas por el IVA deben liquidar este impuesto mensualmente. El IVA se calcula sobre el valor de las ventas de bienes y servicios, y se pueden deducir los créditos fiscales correspondientes a las compras realizadas.
  • Contribuciones de seguridad social: Los autónomos deben realizar aportes mensuales para la seguridad social, que incluyen contribuciones para la jubilación y la obra social. Estos aportes se calculan sobre los ingresos declarados.

Declaraciones:

  • Declaraciones juradas anuales: Los autónomos deben presentar una declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, donde se detallan los ingresos obtenidos y los gastos deducibles.
  • Declaraciones juradas mensuales: Deben presentar declaraciones mensuales del IVA y de las contribuciones de seguridad social. Estas declaraciones incluyen la liquidación del impuesto y el pago correspondiente.
  • Contabilidad detallada: Los autónomos están obligados a llevar una contabilidad detallada de sus ingresos y gastos, y a conservar los comprobantes de todas las operaciones realizadas.

Otras:

Inscripción en el régimen general:

Los autónomos deben inscribirse en el régimen general de la AFIP y obtener el CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).

Presentación de balances:

En algunos casos, los autónomos pueden estar obligados a presentar balances por año y otros estados contables.

Monotributo

Impuestos:

  • Impuesto integrado: Los monotributistas pagan un monto fijo mensual que incluye el Impuesto Integrado, el IVA y las contribuciones de seguridad social. Este monto varía según la categoría en la que se encuentre inscrito el contribuyente, que se determina en función de los ingresos anuales y otras variables.
  • Contribuciones de seguridad social: Las contribuciones para la jubilación y la obra social se encuentran incluidas en el pago mensual del monotributo. Estas contribuciones son de menor monto en comparación con las del régimen de autónomo.

Declaraciones:

  • Pago mensual: Los monotributistas no están obligados a presentar declaraciones juradas detalladas. En cambio, tienen que realizar un pago mensual correspondiente a su categoría.
  • Actualización de datos: Los monotributistas tienen que actualizar sus datos personales y profesionales ante la AFIP si se produce algún cambio.

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Otras:

Inscripción en el régimen simplificado:

Los monotributistas tienen que inscribirse en el régimen de la AFIP y obtener el CUIT.

Límites de ingresos:

Si los límites de ingresos establecidos por la AFIP, son superados, deberá recategorizarse.

Así vemos que mientras que los autónomos deben cumplir con una serie de declaraciones y pagos más complejos, los monotributistas disfrutan de un régimen simplificado que facilita el cumplimiento de sus obligaciones.

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Autónomo y Monotributista AFIP

A continuación, los pasos para inscribirse:

  1. Obtener el CUIT:
    • Si todavía no tenés un CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), vas a tener que solicitarlo en la página web de la AFIP.
    • Ingresa a AFIP y selecciona la opción "Trámites y Servicios" > "Clave Fiscal" > "Solicitar CUIT".
  2. Obtener la Clave Fiscal:
    • Solicitá la Clave Fiscal para acceder a los servicios en línea de la AFIP.
    • Ingresá a "Trámites y Servicios" > "Clave Fiscal" > "Solicitar Clave Fiscal".

Autónomo:

  1. Inscripción en el régimen general:
    • Accedé a la página de la AFIP y seleccioná "Trámites y Servicios" > "Inscripción en el Régimen General".
    • Completá el formulario con tus datos personales y profesionales.
  2. Declaración de actividades:
    • Una vez inscrito, tenés que declarar las actividades que vas a realizar.
    • Ingresá a "Mis Actividades" en la página de la AFIP y seleccioná las actividades correspondientes.
  3. Alta en impuestos:
    • Tenés que darte de alta en los impuestos que corresponden a tu actividad, como el Impuesto a las Ganancias y el IVA.
    • Ingresá a "Sistema Registral" y seleccioná "Alta en Impuestos".

Monotributo:

  1. Inscripción en el régimen simplificado:
    • Accedé a la página de la AFIP y seleccioná "Trámites y Servicios" > "Inscripción en el Monotributo".
    • Completá el formulario con tus datos personales y profesionales, y seleccioná la categoría que corresponde a tus ingresos y actividad.
  2. Declaración de actividades:
    • Una vez inscrito, vas a tener que declarar las actividades que vas a realizar.
    • Ingresá a "Mis Actividades" en la página de la AFIP y seleccioná las actividades correspondientes.

Documentación necesaria en ambos casos:

Ingresos anuales:
Información sobre los ingresos anuales para determinar la categoría correspondiente.
Documento de identidad:
DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identidad válido.
Constancia de CUIT:
Si ya tienes un CUIT, debes tener la constancia a mano.
Datos Personales:
Nombre completo, domicilio, correo electrónico y número de teléfono.
Datos Profesionales:
Descripción de la actividad que realizarás, dirección del lugar de trabajo (si aplica), y cualquier otra información relevante.

Podemos concluir que tanto para inscribirse como autónomo como para inscribirse en el monotributo, es necesario presentar una serie de documentos personales y profesionales. La documentación adicional puede variar según el régimen y la actividad específica que se realice.

Sin embargo, para todo esto se suele requerir de la gestión de un profesional y mayor cantidad de documentación, o la toma de clases de contabilidad para poder manejar estos asuntos de forma correcta.

¡Esperamos que les haya sido de gran ayuda!

Referencias

  1. https://www.anses.gob.ar/trabajo/trabajadores-monotributistas-y-autonomos#:~:text=Monotributista%20y%20aut%C3%B3nomo%20

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Camila Videtta

Psicóloga, psicoanalista. Me gusta escuchar a los demás y aprender del intercambio que se produce con los otros. Escribir es mi momento de descarga, donde canalizó y relajo.